Nuestro compañero de despacho, D. José David Lorenzo Rapa, consigue anular a nuestro cliente la multa que le habia impuesto la DGT por conducir con presencia de drogas en el organismo, de sanción de 1.000 euros y 6 puntos de su permiso de conducir.
En este caso, se alegaba por el letrado que no se había podido demostrar por la administración que la muestra de saliva tomada a nuestro cliente y la que llego al laboratorio fuera la misma, dado que no había acreditado por la DGT el protocolo debido de la cadena de custodia.
Finalmente, la Juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ferrol estima el recurso e impone las costas a la Administración.
En su Sentencia la Juez recoge que “No consta, en este caso, que se haya respetado la cadena de custodia; no consta, como se señala por el demandante, como y por quien se recibe la muestra, no pudiendo considerarse suficiente la afirmación realizada en el informe del laboratorio en el sentido de que dichas muestras han sido recibidas siguiendo el protocolo de custodia marcado; a lo que debe añadirse el diferente resultado de la prueba del Test Salivar y el que resultó posteriormente del informe del laboratorio”.
Con esta sentencia, el cliente recupera la cantidad de 1.000 euros, que ya había abonado previamente y recupera los 6 puntos de su permiso de conducir; se da la casualidad que a este mismo cliente le impusieron la misma sanción en un plazo de dos meses; la segunda sanción, idéntica a la primera también se ha saldado con una nueva sentencia a nuestro favor, recuperando así el cliente, todos su puntos del permiso de conducir.